Buenos Aires, 1 de febrero (PR/22).- La crisis climática apremia, pero el planeta es uno y las acciones que dañan la provisión de recursos naturales parecen no tener fin. Pesca industrial, vertidos de petróleo, contaminación por plástico, deforestación, destrucción del suelo y tantas otras. Todo deriva en un mismo resultado: la degradación del ambiente y los recursos que sustentan la vida en el planeta.
Stop Ecocidio International (SEI) es la organización no gubernamental que trabaja por
penalizar la figura de “Ecocidio” a nivel mundial y propone una nueva mirada jurídica que
busca poner un freno a la “muerte del propio hogar”.
A día de hoy, abogados y especialistas en derecho internacional trabajan para proveer una
definición más acertada y concreta de Ecocidio. Desde su creación, la SEI trabaja para
incorporar esta figura legal al Estatuto de Roma, siendo este el actual instrumento constitutivo
de la Corte Penal Internacional (CPI). ¿Podría configurarse este término como el quinto de
delito de lesa humanidad? La respuesta es afirmativa para diversos movimientos
ambientalistas, y es su lucha desde la década de los 70.
El primer antecedente del término Ecocidio data desde la Guerra de Vietnam, donde la
utilización de defoliantes, como el agente naranja, causaron daños irreversibles en bosques
tropicales y cuerpos de agua del país asiático. En ese entonces, el uso de armas químicas
por parte del ejército estadounidense fue devastador para la ciudadanía que allí residía,
inclusive para los soldados norteamericanos que dispersaron estas sustancias. Por todo lo
anterior, se crearon tribunales internacionales para condenar y analizar los impactos
ambientales de estos agentes biológicos y químicos sobre los ecosistemas.
Desde la SEI sostienen que un cambio inmediato en los estatutos internacionales es urgente
si se prevé detener el avance de la crisis climática. En 2019, la cuestión comenzó a cobrar
fuerza efectiva en las discusiones internacionales y dejó de verse como una lucha utópica.
Ha ganado aún más terreno luego de que los pequeños Estados insulares de Vanuatu y de
las Maldivas pidieran que se “considerara seriamente” en la Asamblea Anual de los Estados
Parte de la Corte Penal Internacional. En lo que respecta a Europa, incluso el presidente de
Francia, Emmanuel Macron, se comprometió “a defender la idea de forma activa”.
Como todo tópico controversial, existen voces que se oponen a la consolidación de esta figura
legal como un delito de lesa humanidad. Uno de sus argumentos más fuertes responde a la
idea de que condenar actividades de extracción de recursos, implicaría condenar a la especie
humana en su conjunto. Ahondando en esta idea, pareciera casi absurdo pensar que toda la
humanidad debería responsabilizarse por acciones que algunos individuos o grupos
económicos realizan. De allí que la columna vertebral del argumento sea poco firme al
momento de debatir.
Si bien no hemos de negar que la modificación del Estatuto de Roma y la incorporación de
Ecocidio como delito de lesa humanidad sería más que determinante, también se debe
considerar que la definición de ecocidio será fundamental para evitar ambivalencias y
subjetividades al momento de interpretar la ley. Concretamente, en junio del 2021, los
abogados internacionales Philippe Sands QC y Dior Fall Sow, junto a un equipo de otros
profesionales presentaron la definición jurídica oficial del término. La misma reza que se
contempla como Ecocidio a “cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que
existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos
al medio ambiente”.
Tras meses de trabajo y décadas de lucha, se logró definir un delito. Ahora vale preguntarnos:
¿será suficiente tipificar al Ecocidio como un delito de lesa humanidad?. En un marco de crisis
climática global urgente, la única respuesta válida órbita alrededor de la palabra “depende”.
Porque todo dependerá de cuán dispuesta esté la comunidad internacional a penalizar a los
responsables de los Ecocidios. Y aún más allá, podríamos cuestionarnos si efectivamente la
tipificación del “Ecocidio” reducirá en un futuro las posibilidades de que se siga atentando
contra la supervivencia de los ecosistemas.
Como aquí se expuso, las dudas son muchas. Pero desde un punto de vista mucho más
optimista, podría decirse que nada es suficiente a menos que se trabaje para aunar esfuerzos
en un mundo complejo, cambiante y en constante crisis. En este contexto, probablemente la
tipificación de este delito no sea una solución definitiva. Sin embargo, ante la urgencia de los
problemas climáticos, es imperante incorporar herramientas penales que permitan condenar
las actividades económicas y acciones que atentan contra la supervivencia de ecosistemas
enteros. Porque en última instancia lo que se intenta demostrar es que el daño de un sólo
ecosistema culmina en un daño a la humanidad.
Por Lourdes Annabel López, miembro del Área de Prensa en el Centro de Desarrollo
Sustentable GEO de la Facultad de Ciencias Económicas